5. Envíos del CMBD. Periodicidad destinatarios

La obligación que tienen todos los hospitales es de aportar su CMBD con periodicidad y en plazos determinados a su administración sanitaria, el Ministerio de Sanidad es quien recopila toda la información convirtiéndola en un CMBD nacional así los hospitales pueden compararse con el promedio nacional, también el CMBD de cada hospital tiene información muy importante para los usuarios.

El gerente o el director de cada centro sanitario o en su lugar el servicio de admisión y documentación clínica o la unidad correspondiente debe enviar trimestralmente a la dirección general de planificación, calidad, ordenación y formación de la consejería de sanidad dos ficheros uno que tenga los datos de las altas hospitalarias y otro con los procedimientos ambulatorios obtenidos en el periodo. Se registran todos los datos e información que tiene el CMBD de los siguientes procesos asistenciales hechos en los centros sanitarios:

-        Fichero del CMBD de hospitalización (CMBD-H)

-        Procedimientos quirúrgicos ambulatorios

-       Otros procedimientos realizados en forma ambulatoria

-       Episodios de urgencias

Cada uno tiene sus ítems del conjunto mínimo básico de datos (CMBD)

A los documentos enviados siempre van acompañados de un informe firmado por el gerente o director del centro donde siempre tenga un número determinado de altas hospitalarias.

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